ITEs

La ITE, o Inspección Técnica de Edificios, es una revisión del estado en que se encuentran los edificios atendiendo fundamentalmente a sus condiciones de seguridad constructiva y estructural.
Recientemente, ha sido aprobado el Real Decreto Ley 8/2011, que extiende a todo el territorio nacional la ITE, es decir, la obligatoriedad de inspeccionar todos los edificios de más de 50 años situados en los municipios de más de 25.000 habitantes. Esta medida fija un mínimo, y no impide que otros municipios, como por ejemplo Madrid, hayan aprobado una normativa de ITE más restrictiva y que fija la antigüedad de los edificios a inspeccionar en 30 años.

BENEFICIOS DE LA INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Conocer el estado real de su inmueble con la garantía que le brinda un técnico independiente experto en patologías edificatorias.
Mejorar las condiciones de habitabilidad, utilidad y seguridad constructiva de multitud de edificios como el suyo.
Revalorizar multitud de inmuebles cuya degradación hacía perder dinero a sus propietarios día tras día.
La ITE brinda a un posible comprador la garantía del buen estado del edificio, lo que facilita la venta de viviendas.
Acometer obras de rehabilitación integral que solucionen de una vez multitud de pequeños problemas que eran fuentes continuas de derramas para sus propietarios.
Mejorar las condiciones ambientales del espacio urbano de Madrid, tanto en el centro histórico como en la periferia.

¿CUÁL ES EL PROCESO PARA PASAR LA ITE?

La ITE es una inspección periódica que deben pasar los edificios para asegurar sus correctas condiciones de habitabilidad y estabilidad constructiva. Ponemos a su disposición nuestros conocimientos técnicos para que usted pueda realizar la Inspección de su edificio de la manera más cómoda y eficaz. Nosotros nos encargamos de realizar la Inspección, y de las gestiones administrativas, además de ofrecerle nuestro asesoramiento técnico y legal durante todo el proceso de tramitación del expediente, incluyendo la gestión de las posibles ayudas y subvenciones que se pudieran obtener para la realización de las obras.
Si la inspección es favorable se da fin al expediente, se emite el correspondiente Certificado de Idoneidad Técnica y se presenta ante el Ayuntamiento.
Si la Inspección es desfavorable, la propiedad deberá acometer las obras necesarias para la reparación de los daños encontrados. Nosotros no somos una empresa constructora, por lo que en ningún caso nos encargaríamos de realizar las obras. Esto, dejos de ser un problema, nos permite emitir un diagnóstico con total imparcialidad.
Una vez realizadas las obras, se deberá realizar una segunda inspección para comprobar si las obras se han realizado correctamente. Si es así, se emitirá el correspondiente Certificado de Idoneidad Técnica y se presentará ante el Ayuntamiento.

REVISIÓN PRE-ITE

Este servicio pretende aportar una valoración exacta del estado de conservación del edificio mediante una visita presencial de un técnico especializado en lesiones de edificación. Con este servicio le elaboraremos un informe completo, como si fuera una ITE, pero sin consecuencias legales, ya que no se presentará en el Ayuntamiento.
De esta forma usted conocerá con exactitud las lesiones existentes en el edificio y las técnicas más adecuadas para su reparación, de cara a acometer las obras necesarias para subsanarlas y poder obtener así una ITE FAVORABLE en el futuro
Una vez elaborado el informe, se le remitirá en formato papel vía correo ordinario y en formato PDF vía correo electrónico.

ITE

Con este servicio realizamos la inspección técnica obligatoria del edificio. Con este informe usted obtendrá una valoración exacta del estado de conservación del edificio mediante una visita presencial de un técnico especializado en lesiones de edificación, con consecuencias legales, ya que el informe y los impresos oficiales son entregados en el registro del Ayuntamiento correspondiente.
Esto supondrá, en los casos de ITE DESFAVORABLE, que ustedes recibirán una Orden de Ejecución emitida por el Ayuntamiento en la que se le obligará a realizar las obras correspondientes.
Como contrapartida, una ITE DESFAVORABLE es el requisito necesario en la mayoría de los casos para acceder a las ayudas y subvenciones que los distintos organismos oficiales otorgan para la Rehabilitación de Edificios.
Una vez elaborado el informe, se le remitirá en vía correo certificado el informe y los impresos oficiales registrados en formato papel y un CD con toda la documentación generada, incluyendo las fotos tomadas durante la inspección.
Al tratarse de un trámite legal, cualquier requerimiento municipal que sea imputable al técnico inspector una vez realizada la inspección, será contestado en tiempo y forma.

CERTIFICADO DE IDONEIDAD TÉCNICA

Una vez realizadas las obras es necesario realizar un Certificado de Idoneidad Técnica que asegure que las obras realizadas han subsanado las deficiencias encontradas en la ITE, y presentarlo ante el Ayuntamiento correspondiente. De esta forma, se cierra satisfactoriamente el expediente administrativo de la Inspección.
Es conveniente que este certificado lo emita una empresa independiente de la empresa constructora que haya ejecutado las obras, para evitar la creación de un conflicto de intereses entre los propietarios, el contratista y el técnico.
Una vez visitada la obra, y comprobadas las obras ejecutadas y su idoneidad, se emitirá el correspondiente certificado y se entregará al Ayuntamiento. El certificado registrado se enviará a la propiedad vía correo certificado.